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Autoridades y funcionarios no pueden ampararse contra los fallos del TCA

ZIHUATANEJO, GRO.- Las dependencias, autoridades y funcionarios de gobierno no pueden ampararse contra las sentencias y resoluciones que emite el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), debido a que esas figuras no son factibles de que se les violen sus garantías individuales.

El Magistrado de la Sala Regional del TCA en esta ciudad y puerto, Gilberto Pérez Magaña, comentó que solamente pueden recurrir al amparo son los ciudadanos o particulares.

“El juicio de amparo lo pueden interponer aquellos particulares que consideren que la sentencia o resolución les es adversa y tienen el derecho de que el caso sea revisado más a profundidad”, dijo el funcionario estatal.

Lo anterior –explica- es porque el amparo es contra la violación a las garantías individuales y tanto una dependencia como una autoridad no gozan de garantías individuales, pues tienen la función de servir a la ciudadanía y al no cumplir con ese principio pueden afectar las garantías de las personas.

Los únicos, de acuerdo a la ley de amparo y la propia constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, los que gozamos de garantías individuales somos los individuos de manera particular.

Ante eso comenta que a lo sumo lo único que puede hacer una autoridad ante una sentencia es el recurso de revisión ante la sala superior, pero de ahí ya no puede hacer nada más que dar cumplimiento al fallo del Tribunal. / Noé DOMÍNGUEZ MARIANO

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